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Comenzó el plazo de 4 días para pedir la devolución de la suma fija a la empleada doméstica: cómo se realiza

Los empleadores de personal de casas particulares deberán presentar seis declaraciones juradas por un sitio en la página de la AFIP, cuáles son
26/09/2023 - 09:31hs
Comenzó el plazo de 4 días para pedir la devolución de la suma fija a la empleada doméstica: cómo se realiza

Dentro de los próximos 4 días, las familias con empleada doméstica deberán presentar la solicitud a la AFIP para recuperar $6.250, la mitad de la primera cuota de la suma fija no remunerativa que otorgó el Gobierno.

La suma fija para trabajadores se extendió para empleadas domésticas y se fijó para ellas en $25.000, a pagar en 2 cuotas de $12.500 cada una, en agosto y septiembre.

En compensación, el Gobierno previó la devolución de hasta el 50%, o sea de un total de $12.500, y el Ministerio de Trabajo determinó que deberán hacerse dos presentaciones, cada una por $6.250, en septiembre y octubre.

Finalmente se determinó que desde hoy y hasta el próximo viernes 29, los empleadores del personal de casas particulares pueden solicitar el reintegro de la primera cuota del bono, indicó Ignacio Online. En tanto, la devolución de la segunda cuota podrá solicitarse la semana siguiente, entre el 2 al 8 de octubre próximos.

Cómo será la devolución de la primera cuota de la suma fija

El bono otorgado por el Poder Ejecutivo Nacional se pagó en dos cuotas, dentro de los primeros 15 días hábiles de septiembre y octubre.

Los empleadores de casas particulares pueden recuperar $6,250 del bono extraordinario
Los empleadores de casas particulares pueden recuperar $6.250 del bono extraordinario de agosto

Los empleadores pueden solicitar la devolución de hasta el 50% de la asignación no remunerativa, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Relación laboral activa en los meses de agosto y septiembre. Si solamente estuvo activa durante agosto, el reintegro será únicamente de la primera cuota
  • Asignación no remunerativa que se encuentre paga.
  • No haber estado alcanzado por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
  • No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
  • No poseer ingresos mayores a $1.500.000 netos en el mes de agosto de 2023.

La devolución se solicita por cada una de las cuotas, mediante el servicio con clave fiscal "Personal de Casas Particulares", opción "Solicitud reintegro de asignación no remunerativa – Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE".

Qué documentación se deberá presentar para pedir el reintegro

Para la devolución, se deberá presentar el recibo firmado por la suma fija
Para la devolución, se deberá presentar el recibo firmado por la suma fija

El Ministerio de Trabajo pide que los empleadores de casas particulares presenten seis declaraciones juradas entre la documentación necesaria para solicitar la devolución del 50% del bono, y las amenaza con inspecciones de la AFIP, el Ministerio de Trabajo y la Sindicatura General de la Nación. La documentación requerida es la siguiente:

1. Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago.

2. Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado de conformidad por la trabajadora o el trabajador, o en su caso recibo de sueldo del trabajador o de la trabajadora con la inclusión del monto de la asignación no remunerativa.

3. Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente CBU.

4. Declaración jurada de ingresos netos percibidos en el mes de agosto de 2023 por el empleador o la empleadora y fuente de los mismos.

5. Declaración jurada de la cantidad de horas trabajadas en el mes de agosto de 2023.

6. Lugar de residencia del empleador .

Las novedades respecto del estado de trámite de la solicitud del reintegro se notificarán a través del domicilio fiscal electrónico.

Las novedades sobre la solicitud de reintegro aparecerán en el domicilio fiscal electrónico
Las novedades sobre la solicitud de reintegro aparecerán en el domicilio fiscal electrónico

Qué amenazas pesan sobre empleadores que pidan la devolución

El Ministerio de Trabajo advierte que serán causales de desestimación de la solicitud del reintegro:

  • La falsedad de datos y/o información declarada y presentada para la obtención del reintegro de la asignación no remunerativa.
  • El incumplimiento de las obligaciones laborales, sociales y previsionales a cargo de los empleadores o las empleadoras de acuerdo a lo dispuesto por la normativa legal vigente.

Además, amenaza con la aclaración innecesaria acerca de que la AFIP y Trabajo "se encuentran facultados para realizar las verificaciones y fiscalizaciones del reintegro, sin perjuicio de las facultades conferidas al respecto a la Unidad de Auditoría Interna de este Ministerio y a la Sindicatura General de la Nación".

Y faculta a la Secretaría de Trabajo a realizar los controles de los requisitos de presentación, así como de la documentación aportada.