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Anulan medida de Macri que permitía desarrollos inmobiliarios en el Puerto de Buenos Aires

El Gobierno derogó por "irregular" una disposición del ex presidente que cambió los límites de la zona portuaria para generar un negocio inmobiliario
20/01/2023 - 11:15hs
Anulan medida de Macri que permitía desarrollos inmobiliarios en el Puerto de Buenos Aires

El Gobierno nacional revocó una polémica medida que había tomado el entonces presidente Mauricio Macri para modificar la superficie del Puerto de Buenos Aires con el objetivo de generar en esa zona un millonario emprendimiento inmobiliario que ahora quedará en la nada.

Ocurre que, a través de la Disposición 1/2023 de la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante publicada en el Boletín Oficial de este 20 de enero, las autoridades nacionales volvieron a modificar los límites de la terminal portuaria porteña a los que tenía antes de la llegada de Mauricio Macri a la Casa Rosada.

En el 2016, el ex presidente ordenó a la Administración General de Puertos (AGP), que disponga un cambio de superficie del llamado Puerto Nuevo mediante la Disposición 97/2016, que le quitó al puerto un tercio de su superficie, en especial con la desafectación de áreas portuarias como la parrilla ferroviaria enfrente a Catalinas, en la zona porteña de Retiro.

La finalidad de la medida era permitir la venta de las tierras para el desarrollo de proyectos inmobiliarios en un total de 230 hectáreas, o sea, un 30% de la superficie total de Puerto Nuevo, responsable a su vez del 56% del movimiento internacional de contenedores de importación y exportación de todo el país.

La decisión generó rechazo en varias organizaciones vinculadas a las actividades portuarias que, en el 2019 presentaron un amparo ante la Justicia por entender que la desafectación de tierras portuarias "del Estado nacional" para fines ajenos debe ser efectuada sólo por una ley del Congreso.

Recordaban además que el territorio, infraestructura e instalaciones del Puerto Buenos Aires sólo pueden afectarse a actividades portuarias y advertían que el cambio de límites erosiona la eficiencia de la zona y la posibilidad de competir frente a otros puertos nacionales y extranjeros.

n el 2016, el ex presidente ordenó a la Administración General de Puertos (AGP), que disponga un cambio de superficie del llamado Puerto Nuevo mediante la Disposición 97/2016, que le quitó al puerto un tercio de su superficie, en especial con la desafectación de áreas portuarias como la parrilla ferroviaria enfrente a Catalinas, en la zona porteña de Retiro.
En el 2016, el ex presidente Maurio Macri dispuso un cambio de superficie del llamado Puerto Nuevo con la Disposición 97.

La presentación judicial también señalaba que la Disposición 97 ponía en jaque a 30 empresas permisionarias, y a sus trabajadores, que ocupan los espacios que se pretendían desafectar.

Intervención del Congreso

En ese momento, el reclamo quedó en la nada porque el Juzgado N° 12 que recibió la presentación rechazó intervenir para frenar el supuesto "negociado" que se denunciaba en un sector de 115 hectáreas y 5.000 metros de muelle que se extiende desde la calle Brasil (límite sur de Puerto Madero) hacia el sur hasta la costa del Riachuelo.

Ahora, el organismo que depende del Ministerio de Transporte dejó sin efecto los alcances de la Disposición 97 del 2016 luego de que varios informes de la AGP indicaron que la la transferencia de los inmuebles involucrados; el cambio de la condición jurídica y la desafectación de bienes propiedad del Estado Nacional se habrían llevado a cabo "de forma subrepticia y manifiestamente irregular, en la medida que había sido decidida sin la intervención mandatoria y excluyente del Congreso de la Nación".

El reporte consideró que la medida de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables "revela vicios groseros, graves y ostensibles en todos los elementos constitutivos, correspondiendo disponer su revocación por contrario imperio, en resguardo de la legalidad objetiva y el principio de juridicidad del obrar estatal".

En otro dictamen, emitido el 5 de abril del 2021, el organismo portuario ratificó su opinión, por lo que consideró que los aludidos vicios tornan nula de nulidad absoluta la Disposición N° 97/16, "verificándose además la vulneración de normas de jerarquía constitucional, y actos subsecuentes que sustrajeron inmuebles del dominio público, imposibilitando a dicha Sociedad del Estado continuar con la explotación de los mismos, de conformidad con su Estatuto".

Nula de nulidad absoluta

A estas críticas se sumó un dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Transporte que analizó la cuestión, opinando que los límites terrestres y acuáticos y la respectiva jurisdicción portuaria del Puerto Nuevo del Puerto de Buenos Aires fueron establecidos en el 2001 por la entonces Subsecretaría de Transporte Ferroviario, Fluvial y Marítimo mediante la Disposición N° 36/01, con mandato del Congreso Nacional a partir de la sanción de la Ley N° 24.093 que desafectó bienes del dominio público y modificó los límites de dicha jurisdicción.

Según el Gobierno, cualquier cambio en los límites del Puerto porteño debe ser definido mediante una ley del Congreso de la Nación
Según el Gobierno, cualquier cambio en los límites del Puerto porteño debe ser definido mediante una ley del Congreso

Por ese motivo, el ente también entiende que cualquier cambio de superficie o una nueva fijación de los límites portuarios requiere de un mandato legal expreso, lo que implicaría el dictado de una nueva ley, "pues es atribución constitucional del Congreso Nacional decidir la desafectación de bienes del dominio público, careciendo de atribuciones para ello los órganos del Poder Ejecutivo, entendiendo así que la Disposición N° 97/16 se encuentra viciada en razón del elemento esencial competencia".

El argumento también se basa en que los objetivos perseguidos por el ex gobierno de Cambiemos no se centraban en la actividad portuaria y del transporte fluvial o marítimo sino que los inmuebles que se desafectaron iban a ser vendidos para el desarrollo del negocio inmobiliario a pesar de que atendían necesidades actuales del quehacer portuario.

Por todos estos considerandos, el Gobierno señala que la desafectación de todos esos inmuebles de la AGP "devienen nulas de nulidad absoluta e insanable, por exorbitar la competencia de las autoridades que las han suscripto, y evidenciar una causa y un objeto no apegado a la realidad y al derecho que les resulta aplicable".

La medida sostiene también que se trató de un acto "gravemente viciado en varios de sus requisitos esenciales, por lo que, no habiendo generado derechos subjetivos que se estén cumpliendo, corresponde su revocación en sede administrativa".

Es decir, se termina por revocar "por razones de ilegitimidad" la Disposición N° 97 del 31 de agosto del 2016 y se aclara que los límites terrestres y acuáticos y las respectivas jurisdicciones del Puerto Nuevo y el Puerto Sur, son los aprobados y establecidos por la Disposición N° 36 del 25 de septiembre de 2001, la que se declara vigente en todos sus términos.

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