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Gobierno porteño beneficia a concesionarias de VTV: no pagarán el canon para operar

El gobierno porteño decidió que no les cobrará el dinero que deben abonar por brindar el servicio por los próximos 90 días como mínimo
14/07/2023 - 18:05hs
Gobierno porteño beneficia a concesionarias de VTV: no pagarán el canon para operar

A pesar de los millones que las empresas concesionarias del servicio de Verificación Técnica Cehicular (VTV) recaudan mensualmente, teniendo en cuenta que el costo de la revisión supera los $7.300, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires decidió beneficiarlas con la suspensión del canon que deben abonar para poder operar.

Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial de este viernes 14 de julio de la Resolución N.º 427/SECTOP/23, tras considerar un reclamo de las compañías por el efecto "negativo" que aseguran tendrá la implementación de la Ley N° 6.631 que modifica la norma que rige el sistema y que fue sancionada por la Legislatura porteña el 21 de abril pasado.

El 7 de junio pasado, las empresas concesionarias oficiales del servicio efectuaron una presentación, a través de la cual expusieron supuestos perjuicios que les causa la sanción de la nueva ley, tras haber realizado un análisis de las condiciones iniciales de la concesión y presuntas consecuencias producidas a raíz del dictado de la norma.

La extensión de la VTV perjudica a las empresas

Las quejas tienen que ver con algunos cambios en la ley como la extensión por un año de la VTV para autos nuevos, pasando de tres a cuatro años. Es decir, aquellos que compren un 0Km en 2023, harán la primera verificación recién en 2027.

Además, se alargará la vigencia de la VTV, que pasará de uno a dos años y tendrán que hacer el chequeo de forma anual aquellos autos que cumplan los ocho años o alcancen los 60.000 kilómetros.

Con los cambios, un auto nuevo en sus primeros ocho años va a pasar de hacer seis veces la VTV a hacerla solo tres. Actualmente, realizaba su primera verificación a los tres años y lo seguía haciendo de forma anual hasta los ocho. Con esa nueva ley, hará su primera VTV a los cuatro años, otra a los seis y la tercera a los ocho. Y avalores de hoy, en lugar de gastar $42.000 en seis verificaciones, van a gastar $21.000 a largo de ocho años.

l 7 de junio pasado, las empresas concesionarias oficiales del servicio efectuaron una presentación, a través de la cual expusieron supuestos perjuicios que les causa la sanción de la nueva ley, tras haber realizado un análisis de las condiciones iniciales de la concesión y presuntas consecuencias producidas a raíz del dictado de la norma
El 7 de junio pasado, las empresas concesionarias expusieron supuestos perjuicios que les causa la sanción de una nueva ley.

Según, las operadoras los cambios afectarían, especialmente, la concurrencia del servicio, queja que fue analizada por la Gerencia Operativa de Taxis, Remises y Escolares, dependiente de la Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad, de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas.

El ente emitió el Informe Técnico N° IF-2023- 25354682-GCABA-DGGSM, mediante el cual efectuó un análisis de la presentación realizada por las concesionarias manifestando que resulta anticipado proyectar los efectos que tendrá la sanción de la Ley en cuestión, atendiendo que comenzó a regir recientemente, el 4 de mayo pasado.

Sin embargo, expresó que considera conveniente otorgar a las concesionarias del servicio la suspensión provisoria del pago del canon por el plazo de 90 días, a partir del 1° de junio pasado.

Los cambios normativos en la VTV

Del mismo modo, la Ley N° 6.631 sustituyó el artículo 20 de la Ley N° 2.265, el cual establece los plazos y la vigencia de los Certificados de Aprobación de Verificación Técnica.

También el artículo 13 autoriza al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas "o el organismo que en el futuro la reemplace, a instrumentar las adecuaciones que pudieran resultar necesarias en los contratos vigentes para la prestación del servicio conforme a los Pliegos de Bases y Condiciones aprobados mediante el artículo 7° de la Ley 4111, en virtud de las modificaciones incorporadas por la presente Ley".

Se aclara también que, de acuerdo con las previsiones de los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Presación del Servicio, el canon a abonar por parte de los concesionarios surge del porcentaje de la facturación neta procedente de los servicios de verificación deduciendo el Arancel Fijo, e impuestos.

aquellos que compren un 0Km en 2023, harán la primera verificación recién en 2027.
Con la nueva normativa, aquellos que compren un 0Km en 2023, harán la primera verificación recién en 2027.

Como parte de dicho canon, las concesionarias deben integrar una suma fija mensual que percibe la Universidad Tecnológica Nacional por la labor que desarrolla, conforme lo establecido en la Ley N° 2.265 y el Convenio Específico de Colaboración celebrado con la Ciudad.

De acuerdo a la resolución, "el servicio brindado por la UTN es de suma importancia para el control de la concesión y la correcta prestación del servicio que se le brinda a los/las vecinos/as de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya que a través de dicho control se garantiza un servicio de calidad, siendo que dicha universidad cuenta con personal técnico capacitado para realizar las tareas destinadas a la verificación del estado general de las plantas, el funcionamiento de la maquinaria necesaria para realización de las verificaciones y todas aquellas cuestiones técnicas que impactan de forma directa sobre la calidad del mismo".

El gobierno de la Ciudad suspenderá el canon a la UTN

En este sentido, el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta no suspenderá el pago a la UTN, ya que se afectará directamente la calidad del servicio.

Sin embargo, entendió que los planteos de las concesionarias resultan razonables y presta conformidad con la suspensión de canon propuesta, destacando que el beneficio no incluiría la suma destinada a la UTN en concepto de Auditoría Técnica y Auditoría de la Prestación del Servicio de Verificación Técnica Vehicular.

Aclara además, que la suspensión de canon "debe ser exclusivamente destinada a los concesionarios que no registren deuda al mes de mayo 2023 de los pagos correspondientes al canon mensual en concepto de derecho por la explotación comercial y a la suma destinada a la UTN-Facultad Regional Buenos Aires en concepto de Auditoría Técnica y Auditoría de la Prestación".

Además, establece que el plazo "podrá ser ampliado mediante el dictado del correspondiente acto administrativo por parte de la Autoridad de Aplicación".

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