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Desde 2001 la AFIP no actualiza tope de facturación y más empresas dejan de ser pequeñas o medianas

Es otra consecuencia de la inflación. Como no se actualizó por más de una década, más firmas superan esa categoría y optan por recurrier a la justicia
19/04/2014 - 10:08hs
Desde 2001 la AFIP no actualiza tope de facturación y más empresas dejan de ser pequeñas o medianas

Es una de las tantas consecuencias de la inflación de los últimos años: la tasa que debe pagar un grupo de empresas por las contribuciones a la seguridad social por sus empleados está en el centro de una controversia. Y en las causas que se judicializaron, la balanza se inclinó en favor de los contribuyentes y no de la AFIP .

El problema es que el Gobierno no actualiza desde 2001 el monto tope de facturación anual, de $48 millones, para que una firma de comercio o de servicios sea considerada pequeña o mediana empresa sólo a los efectos de pagar una alícuota equivalente al 17% de las remuneraciones, en lugar del 21%, que es la tasa general.

Se trata del aporte fijado por el decreto 814 de 2001, que financia el sistema jubilatorio, el PAMI, el Fondo Nacional del Empleo y el régimen de asignaciones familiares.

Durante la década, ocurrió que otras normativas sobre pymes sí fueron ajustando los límites máximos de facturación. Y varias empresas que con el valor de sus ventas superaron aquel monto que la AFIP aplica desde 2001, decidieron atarse al criterio de esas otras reglamentaciones a la hora de calcular sus contribuciones patronales, según explica La Nación.

El argumento es la fuerte pérdida de valor que en términos reales tuvo aquella cifra. Por eso, si bien la controversia lleva un tiempo, tiende a agravarse ahora por la aceleración de la inflación.

Lo que ocurre en esos casos es que, al haber una inspección, la AFIP determina deudas por la diferencia entre lo que el organismo considera que debió haber pagado el empleador y lo que efectivamente éste abonó.

Varias causas terminaron entonces en la Justicia y, hasta ahora, las tres salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social entendieron que los montos deberían actualizarse. Es decir: las sentencias les dan la razón a los contribuyentes.

"Si uno hace una interpretación literal de la norma, muchas empresas perdieron la posibilidad de aplicar la alícuota reducida debido a la desvalorización monetaria", señala el abogado laboralista Eugenio Maurette. Y ofrece un ejemplo: "Si una empresa tiene 50 empleados con una remuneración bruta promedio de $ 8000, y se queda fuera del régimen por facturar más de $ 48 millones, mientras que sí es considerada una pyme según otras reglamentaciones, entonces esa falta de coordinación de las normas le ocasiona un perjuicio de $ 192.000 anuales, una cifra que para muchas pymes es importante".

Los montos de facturación tope hoy vigentes por una resolución de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, para delimitar el universo de las pymes, son de $250 millones en  comercio y $ 63 millones en actividades de servicios (sólo para esos dos rubros se establecen las tasas del decreto 814).

Esas cifras rigen desde 2013 y, por lo tanto, las empresas que facturan entre $48 millones (en cualquiera de las dos actividades, porque el decreto de 2001 no había establecido diferencias) y esos nuevos montos (según el rubro) están en la actualidad afectadas por el congelamiento de la cifra que el fisco considera que debe tomarse.

"Hay empresas que, con una actitud conservadora, prefieren seguir el criterio de la AFIP y pagar el 21%", explica Marcelo Dinocco, gerente senior de Asesoramiento Impositivo y Legal, Previsional y Laboral, de PwC Argentina.

Hay algo que alienta a esa conducta: para reclamar ante la Justicia luego de que la AFIP determina una deuda fiscal y de que se rechaza una primera apelación por vía administrativa, el contribuyente debe hacer un depósito por la totalidad del dinero que se le reclama.

Esa exigencia implica -aun cuando todo indique que un reclamo podría ser resuelto en favor de la pyme- la inmovilización recursos (si es que en primer lugar se cuenta con ellos, claro) por todo el tiempo que dure la causa.

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