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Lavado: Corte avaló cautelar que permite a contadores no informar operaciones sospechosas

El máximo tribunal mantuvo la postura adoptada por la instancia anterior y rechazó el pedido de la Unidad de Información Financiera
01/07/2014 - 10:27hs
Lavado: Corte avaló cautelar que permite a contadores no informar operaciones sospechosas

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), declaró inadmisible un recurso extraordinario presentado por la Unidad de Información Financiera (UIF), y dejó firme la medida cautelar que permite que los contadores no informen operaciones sospechosas de lavado de dinero.

En la sentencia -dada a conocer por Diario Judicial- Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda desestimaron el pedido porque la resolución impugnada no era una sentencia definitiva o equiparable a tal, sino que se trataba del dictado de una medida cautelar de no innovar.

Con anterioridad, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia había impedido la aplicación de la resolución 65/2011 de la UIF, que dispone que estos profesionales sean sujetos obligados a denunciar posibles maniobras destinadas a la comisión de delitos relacionados con el lavado de activos.

En esa oportunidad, los jueces Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman opinaron que se daban los requisitos de las medidas cautelares "en la medida en que la normativa que se cuestiona pretendería transformar a los profesionales de las Ciencias Económicas en 'informantes de una temática compleja'".

Más "cuando para ello se ha creado -por Ley 25.246- la Unidad de Información Financiera conformada por funcionarios en representación del Banco Central de la República Argentina, de la AFIP, de la Comisión Nacional de Valores, un experto en temas relacionados con el lavado de dinero y cinco expertos penalistas", recalcó el fallo.

El Tribunal había razonado que, sin perjuicio de destacar la labor de la Nación contra el lavado de dinero, ello no implica que deba admitirse "la alteración de la delegación de funciones propias e indelegables del Estado, reiterando que los matriculados en Ciencias Económicas no han sido formados para las tareas de investigación que se les impone y mucho menos para la valoración subjetiva de la gravedad o no de la sospecha".

Con la setentencia del máximo tribunal se mantiene el criterio de que los pronunciamientos que establecen medidas cautelares no pueden ser objeto del recurso extraordinario para ser sometidas a su tratamiento.

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