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Tarifazo: la Corte pidió informes al Ejecutivo y definirí­a en agosto

El máximo tribunal eludió tratar inmediatamente los planteos contra el aumento de tarifas porque “no hay un caso” sobre el que pronunciarse
12/07/2016 - 16:53hs
Tarifazo: la Corte pidió informes al Ejecutivo y definirí­a en agosto

Sin analizar los pedidos de per saltum solicitados por el Gobierno para lograr una rápida definición sobre los aumentos de las tarifas de los servicios públicos, la Corte Suprema le pidió informes al Poder Ejecutivo sobre aspectos sociales y económicos del esquema tarifario de gas.

De esta manera, resolverá los planteos, especialmente los fallos que suspendieron los incrementos en las facturas, en agosto próximo.

El máximo tribunal, en un fallo firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, eludió tratar inmediatamente los planteos contra el tarifazo porque “no hay un caso” sobre el que pronunciarse.

Los representantes del Gobierno (a través del Ministerio de Energía) tienen 10 días hábiles para cumplir con esta solicitud. Teniendo en cuenta que la próxima semana comienza la feria judicial de invierno, el plazo se extendería hasta la segunda semana de agosto. En ese momento, el tribunal podría emitir una resolución sobre los pedidos de per saltum, las medidas cautelares y la validez de los aumentos.

Mientras tanto, continuará vigente el fallo de la Cámara Federal de La Plata que suspendió el aumento de las tarifas de gas.

En una resolución firmada por sus cuatro integrantes, el máximo tribunal de Justicia del país le solicitó al Gobierno que explique:

1) Cómo ha sido la evolución de las tarifas de gas desde el dictado de la Ley 25.561 y, de corresponder, el impacto que esta evolución ha provocado en la prestación del servicio.

2) Los parámetros tenidos en cuenta para arribar a los aumentos de precios y tarifas contemplados en las Resoluciones MINEM 28/2016 y 31/2016 y la Resolución ENARGAS N° I-3730/2016 y la relación de dichos aumentos con las pautas contenidas en el contrato de concesión. Además, debe especificar si se cumplen los principios de gradualidad y progresividad para la determinación del cuadro tarifario.

3) El impacto que la última resolución del Ministerio de Energía (99/2016) produce en las Resoluciones MINEM 28/2016 y 31/2016 y cómo quedaría conformado el esquema tarifario final. Además, el Poder Ejecutivo deberá especificar las razones que llevaron a establecer el tope de 400% para hogares y 500% para comercios e industrias.

Asimismo, el macrismo tendrá que informar cómo operará, sobre qué importes se aplicará y qué incidencia tiene dicho tope sobre el monto final de la factura a pagar por el usuario.

4) Los parámetros utilizados para alterar el alcance de la tarifa social y si la aplicación de la nueva normativa implica modificar la cantidad de beneficiarios de dicha tarifa.

También tendrá que especificar los criterios de aplicación de la tarifa social para entidades de bien público, sin fines de lucro, pequeñas y medianas empresas, en particular las directamente vinculadas a las economías regionales.

5) Si se establecieron bandas tarifarias o segmentaciones según la distancia en relación con los centros de producción, transporte y distribución y si estas obedecen a fundamentos técnicos.

6) Si se ha considerado el establecimiento de bandas tarifarias o segmentaciones según los ingresos del usuario y, en su caso, de los demás miembros del grupo familiar con el que cohabita.

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