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Anulan tarifazo de luz en Provincia: "Distribuidoras deben devolver todo lo que hayan facturado de más"

El juez Arias criticó el aumento que impuso el gobierno bonaerense de Vidal. "Los usuarios participaron en el procedimiento de revisión de precios", dijo
15/07/2016 - 11:41hs
Anulan tarifazo de luz en Provincia: "Distribuidoras deben devolver todo lo que hayan facturado de más"

En un nuevo fallo que profundiza la ofensiva judicial de los últimos días contra los aumentos de tarifas, un juez de esta capital declaró la nulidad de la resolución del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense, que autorizaba subas de hasta el 140% para el servicio eléctrico en territorio bonaerense.

La resolución fue dictada por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de La Plata, Luis Arias, respecto de la resolución N°22/16, que habilitó incrementos para el servicio que brindan las empresas Edelap (Empresa Distribuidora de Energía La Plata), EDES (Empresa Distribuidora de Energía Sur), EDEA (Empresa Distribuidora de Energía Atlántica) y EDEN (Empresa Distribuidora de Energía Norte).

Según precisa en su resolución, el magistrado hizo lugar a una "medida autosatisfactoria" presentada por la asociación civil Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ).

Arias dispone la anulación de los incrementos para los usuarios bonaerenses.

Durante una conferencia de prensa con representantes de asociaciones de consumidores y cooperativas, el magistrado subrayó que "no sólamente no se pueden cobrar aumentos de acá en adelante, sino que las distribuidoras deben devolver todo lo que se haya facturado de más".

Para que no queden dudas, precisó que, con su fallo, "todas las distribuidores eléctricas de la provincia deben retrotraer la resolución al cuadro tarifario anterior".

Y explicó que, para evitar "confusión pública", al declararse la nulidad de la resolución del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, "carece de sustento jurídico todo aumento que pretendan cobrar las empresas distribuidoras de la provincia, sean empresas o sean cooperativas".

Uno de los argumentos que esgrime para avalar la medida dictada, apunta a que "los usuarios no han tenido participación alguna en el procedimiento de revisión tarifaria, ni han sido informados de las razones o motivos del aumento".

Asimismo, aclaró expresamente que la nulidad de los aumentos no afecta a la tarifa social dispuesta en esa resolución.

El juez también ordenó al Estado bonaerense y al Órgano de Control de la Energía Eléctrica de la Provincia (Oceba) que dentro del plazo de cinco días corridos se instruya a las distribuidoras "a la refacturación de la tarifa eléctrica, con sujeción a los valores vigentes con anterioridad a la Resolución N° 22/16, incluyendo la tarifa social dispuesta en la misma", y a la "restitución de todos los importes percibidos en exceso, que serán aplicados en futuras facturaciones".

La semana pasada había sido la Justicia Federal la que había dispuesto suspender por tres meses el incremento en la factura eléctrica en toda la provincia de Buenos Aires.

Esa medida fue adoptada por la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, la misma que ordenó anular el aumento en la facturas del gas.

Esa suspensión había sido reclamada por el bloque de diputados bonaerenses del FPV-PJ. Al hacer lugar al pedido, los camaristas dispusieron "por el término de tres meses la suspensión de las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación 6/2016 y 7/2016 y la Resolución del ENRE 1/2016 para el ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires".