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El 5 de diciembre de 2017 la Unión Europea presentó su primera lista de jurisdicciones no cooperantes en materia tributaria         
08/01/2018 - 15:34hs

El 5 de diciembre de 2017 la Unión Europea (UE) presentó su primera lista de jurisdicciones no cooperantes en materia tributaria.

¿Cuáles son las jurisdicciones involucradas?

Las 17 jurisdicciones no cooperantes son: Bahréin (Asia), Barbados (América), Corea del Sur (Asia), Emiratos Árabes Unidos (Asia), Granada (América), Guam (Oceanía), Islas Marshall (Asia), Macao (Asia), Mongolia (Asia), Namibia (África), Panamá (América), República de Palao (Asia), Samoa (Oceanía), Samoa Americana (Oceanía), Santa Lucía (América), Trinidad y Tobago (América) y Túnez (África).

¿Razones que explican su incorporación en la lista?

La falta de cooperación de esas jurisdicciones con los países miembros de la UE se evidencia fundamentalmente en: a) falta de intercambio de información y, b) ausencia de medidas de control sobre la evasión fiscal.

¿Cuáles son los efectos para estas jurisdicciones y para las MNEs?

Con base en este listado la UE aplicará a estas jurisdicciones lo que ha denominado medidas defensivas que, vale decir, no están limitadas exclusivamente al ámbito fiscal, sino que inclusive pueden ser de otra naturaleza, lo cual sin duda afectará el flujo de negocios entre estas jurisdicciones y los países miembros de la UE.

En el ámbito tributario las medidas coordinadas entre los países de la UE podrían ir desde la incorporación de disposiciones jurídicas relacionadas con la transparencia fiscal internacional, retención en la fuente, entre otros aspectos, hasta la exigencia de requisitos de documentación específicos para las operaciones con esas 17 jurisdicciones.   

Así, por ejemplo, las empresas multinacionales que operen usando esas jurisdicciones en negocios con países miembros de la UE estarán obligadas a reportarlas.

En el ámbito financiero, estos países quedan automáticamente excluidos de los aportes que resultan del Fondo Europeo de Inversión Estratégica (FEIE) del Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible (FEEF) y del Mandato de Préstamo Exterior (ELM). 

¿Es posible que la lista sea modificada?

La lista será actualizada regularmente a los fines de incorporar los avances que en esta materia se presenten con las jurisdicciones incluidas en este listado, así como con aquellas jurisdicciones que no se incluyeron en esta oportunidad por dos razones completamente diferentes: a) porque sufrieron algún estrago por los huracanes de 2017 o, b) porque forman parte de un listado de 47 países que se comprometieron políticamente a modificar sus sistemas tributarios. 

¿Cuál es el impacto de esta enumeración en el listado de jurisdicciones cooperantes de la AFIP?

Si contrastamos esta enumeración de la UE con el listado de jurisdicciones cooperantes de la AFIP correspondiente a 2017 nos encontramos que Barbados, Corea del Sur, Emiratos Árabes Unidos, Islas Marshall, Macao, Samoa, Santa Lucía y Túnez, esto es, 8 de las 17 jurisdicciones no cooperantes del listado de la UE, son considerados como cooperantes por la AFIP.

Argentina no es miembro de la UE por lo cual no está obligada a excluir a estas 8 jurisdicciones no cooperantes de su listado ni tampoco está obligada a aplicar algunas de las medidas defensivas ya comentadas, pero evidentemente la AFIP debe considerar esta lista en la evaluación de su listado de jurisdicciones cooperantes 2018, dado que el listado de la UE resultó de un arduo trabajo de revisión, con altos estándares técnicos6, de los sistemas tributarios de distintas jurisdicciones.

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