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Una compañía presentó el recurso porque argume ntó que si bien comenzó el trámite requerido, no pudo plegarse al programa por un descuido de su contador
13/06/2018 - 17:13hs

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó un recurso de amparo presentado por una empresa que pretendía una extensión del plazo para ingresar al blanqueo de capitales.

Telas Com SRL pidió la prórroga porque aseguró haber realizado casi la totalidad del trámite para presentar su declaración jurada, pero no concluyó la presentación a principios del año pasado –cuando cerraba el plazo– por descuido de su contador.

La empresa apeló una sentencia de primera instancia señalando que los bienes llegaban a $900.000, que planeaba utilizar para adquirir Bonar 2023 con un tercio del total y con el resto se destinaría para abonar el 1% en base al artículo 42 de la ley de Sinceramiento Fiscal 27.200.

Pero la Sala IV de la Cámara confirmó la sentencia debido a que el lapso para la presentación de la declaración jurada voluntaria y excepcional de bienes estaba vencido. Según el fallo, "la imposibilidad de concretar la adhesión no deriva de un acto u omisión de la AFIP, sino de una conducta imputable a la propia recurrente".

Además, los camaristas Marcelo Duffy, Rogelio Vincenti y Jorge Eduardo Morán remarcaron que la acción de amparo fue interpuesta "con posterioridad al plazo de 15 días" previsto por la ley 16.986 para este tipo de situaciones excepcionales.

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