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Fin de la Ley de Alquileres: así se cerrarán los contratos ahora y se definirán precios para inquilinos

Milei oficializó la decisión del Gobierno de desregular por completo la renta de inmuebles. Qué ocurrirá con los contratos ya vigentes
21/12/2023 - 16:08hs
Fin de la Ley de Alquileres: así se cerrarán los contratos ahora y se definirán precios para inquilinos

Javier Milei movió las piezas y estableció la derogación de la ley de Alquileres a través del DNU detallado en las últimas horas. El Presidente no hizo más que hacer oficial un movimiento que se daba por descontado y, una vez implementado el cambio de régimen, los contratos pasarán a regirse a partir de lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación.

En concreto, lo dispuesto ahora fija un recorte en la duración de los contratos, que pasarán a dos años, y libera por completo las condiciones de negociación del pago. Al mismo tiempo, los propietarios podrán establecer y cobrar los alquileres en pesos, dólares o cualquier otra moneda extranjera.

El DNU indica que la duración de los contratos se estipulará por lo que establezcan las partes y que, en caso de no definirse un lapso, el acuerdo regirá por dos años. En simultáneo, libera por completo el modo en el que se acordarán los aumentos en los nuevos contratos.

Los alquileres podrán publicarse y cerrarse en dólares

"Será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres", señala el decreto.

"Si el índice elegido dejara de publicarse durante la vigencia del contrato, se utilizará un índice oficial de características similares que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos si el precio estuviera fijado en moneda nacional, o, el que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada", acota.

Por otra parte, los contratos podrán firmarse en cualquier moneda. También, la publicación de los precios en, por ejemplo, dólares, queda habilitada tras este DNU. Otro aspecto que cambia corresponde al depósito de garantía que, como en los ítems anteriores, podrá resultar establecido por el dueño del inmueble.

El cambio de régimen apunta a recuperar la oferta de inmuebles.
El cambio de régimen apunta a recuperar la oferta de inmuebles.

"Es preciso respetar la voluntad de los ciudadanos de pactar las formas de cancelación de sus obligaciones de dar sumas de dinero, sin distinción del curso legal o no de la moneda que se determine, sin que pueda el deudor o el juez que eventualmente intervenga, obligar al acreedor a aceptar el pago en una moneda diferente, salvo pacto en contrario", se expone en otro tramo el decreto.

En cuanto a la rescisión del contrato, el marco señala que el inquilino podrá llevar a cabo esa acción en cualquier momento siempre que pague el equivalente al 10 por ciento del saldo del canon locativo futuro. Esto último, sería calculado desde la fecha de la notificación de la rescisión hasta la fecha de finalización pactada en el contrato.

Finalmente, la AFIP ya no tendrá injerencia en la definición de los contratos. Previo al DNU, la ley establecía la obligatoriedad de registrar los contratos en dicho organismo.

Fin de la ley de Alquileres: ¿qué ocurre con los contratos vigentes?

Desde la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), Alejandro Bennazar, ex presidente y actual director de relaciones institucionales, dijo a iProfesional que el cambio de normativa no debería impactar en los contratos ya firmados, pero pronosticó un escenario de negociaciones abiertas si las condiciones macroeconómicas no mejoran en lo inmediato.

"Se supone que el retorno del régimen previo a las últimas leyes de Alquileres, no debería ser retroactivo para los contratos ya vigentes. Nunca ha pasado algo así y no tenemos indicios de que ahora será diferente. Pero sí habrá mucha negociación. Estamos recibiendo consultas para dar asesoramiento a los profesionales que ven inminente el cambio", aseguró.

Los contratos de alquiler vigente se finalizarán
Los contratos de alquiler vigente se finalizarán con las mismas condiciones con las que se pactaron en un principio.

José Rozados, CEO de Reporte Inmobiliario, sostuvo también que los alcances del DNU se harán sentir en los contratos que se firmen a partir de la nueva etapa. "Las leyes no pueden ser retroactivas. El cambio será hacia adelante, lo que está firmado responde a la ley imperante en el momento de acordar el contrato. No se podría cambiar lo que firmaste o acordaste en el marco de lo que regía en ese momento", comentó a iProfesional.

"Entiendo que lo que está firmado seguirá así. Igualmente, en los hechos, la ley ya estaba derogada. Salvo excepciones, ya no se firmaba bajo esas pautas y, prácticamente, nadie firmó alineado con la última modificación que se hizo", agregó.