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Elecciones generales: quiénes podían votar antes de la Ley Sáenz Peña

La Ley Sáenz Peña se sancionó en febrero de 1912 y estableció el voto universal masculino, secreto y obligatorio. Cómo era el voto antes de la ley
21/10/2023 - 07:31hs
Elecciones generales: quiénes podían votar antes de la Ley Sáenz Peña

En año electoral, y a pocos días de una nueva elección, te contamos quiénes podían votar antes de la Ley Sáenz Peña.

La Ley Sáenz Peña marcó un antes y un después en el sistema electoral argentino. A partir de su sanción, se estableció el sufragio universal y amplió considerablemente el padrón electoral.

¿Cómo era el sistema electoral antes de la Ley Sáenz Pena de 1912?

Antes de que sancione la Ley Sáenz Peña en 1912, el sufragio tenía restricciones de género y edad. El voto era cantado, es decir, que los varones mayores de edad se debían presentar a la mesa electoral y expresar en voz alta por quién votaba.

El acto electoral se llevaba a cabo al aire libre, en general en lugares públicos como plazas o el atrio de las iglesias. Además, como no existía un padrón electoral único, los votos se registraban en una planilla realizada por la autoridad electoral.

En este tipo de elecciones el fraude era inminente y se realizaba de diversas maneras. El registro de los votos manual llevaba a que se registren más o menos votos a favor un candidato, por la exclusión del registro electoral de opositores o el "voto múltiple" donde una misma persona votaba en diferentes lugares.

La Ley Sáenz Peña se sancionó bajo en gobierno de Roque Sáenz Peña en 1912
La Ley Sáenz Peña se sancionó bajo en gobierno de Roque Sáenz Peña en 1912

Asimismo, el sistema electoral se llevaba a cabo bajo un mecanismo de violencia. Los caudillos y patrones obligaban a los hombres sobre los cuales tenían algún tipo de poder a votar por sus candidatos.

Los electores no podían elegir libremente a quién votar ya que el voto era público y debían votar a quienes le decían otros hombres más poderosos. El sistema electoral en aquel entonces se caracterizaba por enfrentamientos violentos, lo que llevaba a la poca participación. En general, solo votaba el dos por ciento de la población.

¿Cómo era el voto antes de la Ley Sáenz Peña de 1912?

La Ley Sáenz Peña, Ley Nº 8.871, se sancionó el 10 de febrero de 1912 y estableció el sufragio universal masculino, secreto y obligatorio, así como el sistema de lista incompleta. Todos los hombres argentinos mayores de 18 años podían votar, mientras que los mayores de 70 años quedaban exceptuados.

La sanción de esta ley implicó un aumento en los niveles de participación electoral, ya que puso fin al voto cantado, lo que disminuyó la coerción sobre los electores por parte de los caudillos o patrones locales.

Del mismo modo, la Ley Sáenz Peña permitió tener un mayor control y registro sobre los votos porque los votantes debían estar previamente inscriptos en el padrón electoral. Esta es una de las razones por la cual el fraude electoral también se disminuyó, esto significó un avance hacia la democracia en Argentina.

Si bien la Ley Nº 8.871 contaba con una serie de restricciones y excluía a determinados grupos de la sociedad, por su sanción, Argentina pertenecía a un pequeño grupo de países que permitía el libre ejercicio del derecho de ciudadanía.

El sistema electoral luego de 1912 era similar al actual
El sistema electoral luego de 1912 era similar al actual

Los grupos excluidos por la Ley Sáenz Peña eran las mujeres, los hombres extranjeros no nacionalizados, argentinos nativos o naturalizados que habitaban en los territorios nacionales y las personas incapaces de ejercer sus derechos por contar con una discapacidad.

El proceso de votación era similar al actual. El presidente de la mesa proporcionaba un sobre sin sellar al ciudadano, quien luego colocaba su voto en un cuarto, sin ventanas y sin presencia aparte de la suya. Después, el votante cerraba el sobre y lo depositaba en la urna que estaba sobre la mesa.

El Ejército era el responsable de supervisar y fiscalizar el desarrollo del evento electoral. Además, se implementó el sistema de lista incompleta: el partido que recibía más votos ocupaba dos tercios de los cargos en disputa, mientras que el segundo partido se quedaba con el tercio restante. Otros partidos quedaban excluidos de tener representación.

¿Cómo eran las elecciones antes de 1880 en Argentina?

En 1821, se sancionó la primera ley electoral en Argentina, bajo el gobierno de Martin Rodríguez. Esta ley estableció el sufragio universal masculino y voluntario, para todos los hombres libres de la provincia de Buenos Aires.

Si bien la ley suponía una ampliación del electorado, esto no se llevaba a cabo en la práctica. La participación en las elecciones era muy baja ya que gran parte de la población no se enteraba cuando se realizaban los comicios.

Luego, en 1857, la Ley Nº 140 estableció que el voto sería masculino y cantado. En aquel momento, el país se dividía en 15 distritos electorales en los que cada votante lo hacía por una lista completa, es decir, contenía los candidatos para todos los cargos. De esta manera, la lista más votada obtenía todos los puestos y la oposición se quedaba casi sin representación política.

La Ley Sáenz Peña estableció el voto universal masculino, secreto y obligatorio
La Ley Sáenz Peña estableció el voto universal masculino, secreto y obligatorio

El voto cantado podía provocar grandes problemas a los votantes, ya que si su elección no coincidía con el caudillo de su distrito, podía perder su empleo o hasta su vida. Durante este periodo, hasta la sanción de la Ley Sáenz Peña, la principal característica del sistema electoral fue el fraude.

Artículos más importantes de la Ley Sáenz Peña

Art. 01.Son electores nacionales los ciudadanos nativos y los naturalizados desde los dieciocho años cumplidos de edad, siempre que estén inscriptos unos y otros en el padrón electoral.

Art. 2. Están excluidos los dementes declarados en juicio. Por razón de su estado y condición: los eclesiásticos y regulares, los soldados, cabos y sargentos del ejército permanente, los detenidos por juez competente mientras no recuperen su libertad, los dementes y mendigos, mientras estén recluidos en asilos públicos. Por razón de su indignidad: los reincidentes condenados por delito contra la propiedad, durante cinco años después de la sentencia.

Art. 5. El sufragio es individual, y ninguna autoridad, ni persona, ni corporación, ni partido o agrupación política puede obligar al elector a votar en grupos, de cualquier naturaleza o denominación que sea.

Art. 6. Todo elector tiene el deber de votar cuantas elecciones nacionales fuesen convocadas en su distrito.

Art. 7. Quedan exentos de esta obligación (de votar) los electores mayores de 70 años.

Art. 39. Si la identidad (del elector) no es impugnada, el presidente del comicio entregará al elector un sobre abierto y vacío, firmado en el acto por él de su puño y letra, y lo invitará a pasar a una habitación contigua a encerrar su voto en dicho sobre.

Art. 41. La habitación donde los electores pasan a encerrar su boleta en el sobre no puede tener más que una puerta utilizable, no debe tener ventanas y estará iluminada artificialmente en caso necesario…"